Corte de tránsito
Casos relacionados con leyes de conducción y vehículos
Los casos de tránsito involucran violaciones del código del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés) de California. Hay tres tipos generales de infracciones:
Multas de estacionamiento
Estas no se reportan a la corte. Su multa contiene la información de pago.
Infracciones de tránsito y delitos menores
La mayoría de estos casos son manejados por la División de Tránsito.
Comuníquese con la División de Tránsito:
Teléfono: (559) 416-5555
Fax: (559) 675-5036
Violaciones clasificadas como delitos mayores
Estos casos se atienden en la corte principal en Madera.
Comuníquese con la corte principal:
Teléfono: (559) 416-5599
Temas relacionados con el tránsito
A continuación, encontrará información sobre los siguientes temas:
- Escuela de tránsito
- Juicio de tránsito ante un juez
- Cuotas
Puede encontrar más información sobre violaciones de tránsito en la sección de tránsito del sitio web de Ayuda de las cortes de California.
Escuela de tránsito
Puede asistir a la escuela de tránsito en este caso si se cumple lo siguiente:
- Si la infracción no ocurrió dentro de los 18 meses posteriores a una violación anterior por la cual ha asistido a la escuela de tránsito.
- Si la violación de tránsito no incurre en más de un punto según el Código de Vehículos (VC, por sus siglas en inglés) 12810 o en un punto y medio según el VC 12810.5(b)(2).
- No está relacionada con el uso o la posesión de alcohol o drogas.
- No es una violación del VC 22406.5 (vehículos cisterna).
- Tiene una licencia de conducir válida.
Si cumple con las pautas anteriores para la escuela de tránsito, puede enviar un cheque por el monto total de la fianza más $74.00 por la cuota de la escuela para infractores de tránsito. (De conformidad con el VC 42007[a]). La escuela de tránsito a la que asiste es una empresa privada y también cobrará una cuota de matrícula. Si no aprueba o elige no asistir a la escuela de tránsito antes de la fecha de finalización, perderá todas las cuotas y la fianza, se cerrará su caso y se informará al Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) como una condena. Si desea asistir a la escuela de tránsito, pero no puede pagar el monto total adeudado (excluyendo la cuota administrativa no reembolsable de $74) debido a dificultades financieras, debe programar una comparecencia ante la corte para la lectura de cargos y pedirle a la corte que considere su capacidad de pago. Si desea pagar el monto total, pero no puede hacerlo todo a la vez, puede solicitar un plan de pago al secretario de tránsito.
Las escuelas de tránsito reportan los certificados de finalización de la escuela de tránsito a la corte electrónicamente. La escuela de tránsito debe completarse y el certificado de finalización debe recibirse 90 días a partir del sello postal de su solicitud para asistir a la escuela de tránsito para que se desestime la citación.
Las cuotas de la escuela de tránsito no son reembolsables.
AVISO: si es elegible para la escuela de tránsito y decide no asistir a la escuela de tránsito, su seguro de automóvil puede verse afectado de manera negativa.
ES SU RESPONSABILIDAD DEVOLVER SU CERTIFICADO A LA CORTE EN LA FECHA DE VENCIMIENTO O ANTES.
Esta corte aceptará certificados en línea de los cursos aprobados y supervisados por el Instituto de Seguridad Vial de California. Cuando llame para solicitar información, asegúrese de tener disponible el número de su caso, el nombre de la corte y la fecha de vencimiento. Puede verificar si la corte ha recibido su Certificado de finalización de la escuela de tránsito.
Escuelas de tránsito con estudios en el hogar
Se ofrecen programas en línea a los demandados como una opción a la escuela de tránsito. Tenga en cuenta que los programas de estudio en el hogar requieren verificación de identidad para completar el curso. Estos programas no están regulados por el Departamento de Vehículos Motorizados o la corte. La corte reconoce el uso de estos programas, pero no asume ninguna responsabilidad por las acciones de las escuelas.
Juicios
Para las violaciones de tránsito, hay dos tipos de juicios disponibles:
- Juicio ante un juez: una audiencia en persona celebrada ante un funcionario judicial. Tanto usted como el oficial que emitió la citación deben comparecer ante la corte. El oficial indicará por qué se emitió una citación. Podrá hablar en su propio nombre o pedir a sus testigos que testifiquen sobre lo sucedido. Un juez o comisionado tomará una determinación sobre si se cometió o no un delito.
- Juicio por declaración: le permite disputar la citación por escrito en lugar de en persona. Tanto usted como el oficial que emitió la citación deben llenar los formularios y presentarlos ante la corte antes de una fecha específica. Un juez o comisionado revisará los documentos presentados y tomará una determinación sobre si se cometió o no un delito y emitirá un fallo por escrito.
Solicitar un juicio ante un juez:
- Los juicios ante un juez se pueden solicitar en persona o por correo. Deberá declararse "no culpable" y el secretario establecerá su caso para un juicio ante un juez.
- Puede contratar a un abogado para que lo represente o puede representarse a sí mismo. La corte no contratará a un abogado para que lo represente en un caso de infracción.
Si necesita la ayuda de un intérprete, notifique a la División de Tránsito al menos una semana antes de su audiencia.
Cuotas
Las cuotas y multas impuestas en estas divisiones están establecidas de conformidad con la ley.
Para obtener más información, consulte el Programa uniforme de fianzas y penas del Consejo Judicial. Tenga en cuenta que las penas y los pagos adicionales exigidos por la ley se calculan además de la fianza base que figura en el programa de fianzas, lo que resulta en un aumento de la multa. Además, los funcionarios judiciales tienen discreción judicial y pueden reducir o aumentar las multas según las circunstancias de cada caso.